Art. 34

Costes de explotación

En vigor desde 29 abr 2008
Artículo 34 Costes de explotación Los costes de explotación directamente relacionados con la ejecución del proyecto incluirán únicamente los siguientes: a) materias primas; b) bienes fungibles; c) energía; d) transporte de materias primas, bienes fungibles, equipo, productos, productos primarios o combustibles; e) mantenimiento, reparación, modificación o transformación del equipo existente; f) TI y otros servicios específicos; g) alquiler de equipo; h) análisis y pruebas; i) organización de talleres especializados; j) certificados de los estados financieros y garantía bancaria; k) protección de conocimientos, y l) asistencia de terceros.
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eli:dec:2008:376:oj#art-34

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