Art. 3

Suspensión de determinadas importaciones procedentes de Israel

En vigor desde 22 feb 2008
Artículo 3 Suspensión de determinadas importaciones procedentes de Israel Los Estados miembros suspenderán las importaciones procedentes de Israel de: a) aves de corral, estrucioniformes y aves de caza de cría y silvestres vivas y los huevos para incubar de estas especies procedentes del territorio IL-2, tal como se define en el cuadro del artículo 1; b) los siguientes productos, elaborados antes del 2 de abril de 2008, procedentes del territorio IL-2, tal como se define en el artículo 2: i) carne fresca de aves de corral, estrucioniformes y aves de caza de cría y silvestres, ii) carne picada, carne separada mecánicamente, preparados de carne y productos cárnicos a base de carne de las especies mencionadas en el inciso i) o que contengan dicha carne, iii) alimentos para animales de compañía y piensos no transformados que contengan cualquier parte de aves de corral, estrucioniformes y aves de caza de cría y silvestres.
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eli:dec:2008:161:oj#art-3

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