Art. 1

En vigor desde 13 nov 2007
Artículo 1 1.   Las ayudas estatales que ha concedido el Reino Unido en el marco del régimen de nuevos accionistas (en lo sucesivo denominado el «régimen») son compatibles con el Mercado Común en la medida en que se hayan destinado a la adquisición por primera vez de participaciones en buques pesqueros nuevos. 2.   Las ayudas estatales que ha concedido el Reino Unido en el marco del régimen son incompatibles con el Mercado Común en la medida en que se hayan destinado a la adquisición por primera vez de participaciones en buques pesqueros de segunda mano.
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