Art. 6

Grupos destinatarios

En vigor desde 25 sept 2007
Artículo 6 Grupos destinatarios 1.   El Programa va dirigido, entre otros grupos, a los profesionales del Derecho, a las autoridades nacionales y a los ciudadanos de la Unión en general. 2.   A los efectos de la presente Decisión, se entenderá por «profesionales del Derecho» los jueces, fiscales, abogados, procuradores, notarios, personal académico y científico, funcionarios ministeriales, secretarios judiciales, oficiales de justicia, intérpretes judiciales y demás profesionales que ejercen actividades relacionadas con la justicia en el ámbito del Derecho civil.
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