Art. 4
Objetivos generales
En vigor desde 23 may 2007
Artículo 4
Objetivos generales
1. El Programa se elaborará de modo que se cumplan los siguientes objetivos generales:
a)
garantizar que las actividades aduaneras satisfacen las necesidades del mercado interior, incluida la seguridad de la cadena de suministros y la facilitación de los intercambios, así como el apoyo a la estrategia en favor del crecimiento y el empleo;
b)
lograr que las administraciones aduaneras de los Estados miembros interactúen y desempeñen sus funciones con tanta eficacia como si fueran una única administración, garantizando que haya inspecciones con un nivel de resultados equivalente en todo el territorio aduanero de la Comunidad y el apoyo de la actividad empresarial legítima;
c)
ofrecer la protección necesaria de los intereses financieros de la Comunidad;
d)
aumentar la protección y la seguridad;
e)
preparar para la adhesión a los países mencionados en el artículo 3, apartado 2, a través, entre otros medios, de la puesta en común de experiencia y conocimientos con las administraciones aduaneras de dichos países.
2. El planteamiento común de la política aduanera se adaptará de manera continuada a las nuevas evoluciones a través de la colaboración entre la Comisión y los Estados miembros en el Grupo de Política Aduanera, integrado por la Comisión y los jefes de las administraciones aduaneras de los Estados miembros o sus representantes. La Comisión informará periódicamente a dicho grupo de las medidas relacionadas con la aplicación del Programa.
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