Art. 5

Grupos destinatarios

En vigor desde 12 feb 2007
Artículo 5 Grupos destinatarios Serán destinatarios del programa, entre otros, los profesionales del Derecho, los representantes de los servicios de asistencia a las víctimas, y otros profesionales que participen en la administración de la justicia, las autoridades nacionales y los ciudadanos de la Unión en general.
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