Art. 12
Secretaría de la CEPOL
En vigor desde 20 sept 2005
Artículo 12
Secretaría de la CEPOL
La Secretaría de la CEPOL asistirá a la CEPOL en las tareas administrativas necesarias para su funcionamiento y para la ejecución del programa anual y, cuando proceda, de otros programas e iniciativas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2005:681:oj#art-12