Art. 4
En vigor desde 12 may 2005
Artículo 4
El artículo 4 de la Decisión 2002/255/CE se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 4
Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos “televisores” y los requisitos de cumplimiento y comprobación correspondientes serán válidos hasta el 31 de marzo de 2007.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Proeli:dec:2005:384:oj#art-4