Art. 5

En vigor desde 28 ene 2005
Artículo 5 Cada uno de los embalajes deberá llevar escrito con tinta indeleble la mención «ANTIGUA Y BARBUDA» y el número de autorización/registro del establecimiento, buque factoría, almacén frigorífico o buque congelador de origen.
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eli:dec:2005:72(1):oj#art-5

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