Art. 21

En vigor desde 13 dic 2004
Artículo 21 Croacia declara estar dispuesta a reducir sus derechos de aduana en el comercio con la Comunidad a un ritmo más rápido que el previsto en el artículo 18, si su situación económica general y la situación del sector económico correspondiente así lo permiten. El Consejo de Estabilización y Asociación efectuará recomendaciones a tal efecto.
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