Título TÍTULO II
Art. Norma adicional tercera
En vigor desde 20 ene 2010
La Dirección General de Regulación podrá elaborar aplicaciones técnicas para facilitar la confección de las diferentes informaciones a remitir al Banco de España y establecer correlaciones dentro de cada estado y entre cada uno de ellos.
Se añade por la norma 1.9 de la Circular 3/2009, de 18 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-21296 .
Tus anotaciones
Proeli/es/cir/2001/10/29/6#norma-adicional-tercera