Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición derogatoria

En vigor desde 6 oct 2012
Queda derogada la Circular 8/1990, de 7 de septiembre, a las entidades de crédito, sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela, con la excepción de su norma octava, que mantendrá su vigencia a los solos efectos del cálculo de los tipos de interés medios ponderados de las operaciones realizadas en España con el sector privado residente contempladas en el apartado 4 de la norma decimosexta y en el Anejo 9 de esta Circular, y sin perjuicio de lo dispuesto en sus disposiciones transitorias primera y segunda.
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eli/es/cir/2012/06/27/5#disposicion-derogatoria

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