Art. Decimoséptimo
En vigor desde 30 nov 2017
Tras la fase de diseño y aprobación, los operadores de las interconexiones ofrecerán la capacidad incremental junto con la correspondiente capacidad existente en las subastas de productos anuales, según se determina en el artículo octavo de esta Circular.
Las subastas para los respectivos niveles de oferta se llevarán a cabo de forma paralela e independiente entre sí. Solamente se subastarán niveles de oferta coordinados.
Al objeto de lograr un resultado positivo en las pruebas económicas para el nivel de oferta más alto posible y al objeto de minimizar las posibles primas de las subastas, se podrá iniciar una nueva subasta para el nivel de oferta no aceptado más bajo, una única vez, en el caso de que se cumplan las siguientes condiciones:
a) que antes de la subasta de productos anuales existieran al menos dos niveles de oferta de capacidad;
b) que al menos uno de los niveles de oferta no haya sido aceptado y haya obtenido un resultado negativo en la prueba económica; y
c) que el siguiente nivel de oferta inferior al nivel de oferta no aceptado más bajo haya obtenido un resultado positivo en la prueba económica y se haya liquidado con una prima en la subasta para, al menos, un producto normalizado de capacidad anual.
Si la nueva subasta no obtuviera un resultado positivo en la prueba económica prevalecerán las asignaciones resultantes de la subasta original a la que se hace referencia en la letra c).
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Proeli/es/cir/2017/11/22/3#decimoseptimo