Art. Norma sexta

En vigor desde 30 ago 2015
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Orden ECC/461/2013, de 20 de marzo, será responsabilidad de los administradores en el caso de las sociedades cotizadas, y del director general, o de quien, en su caso, establezca la normativa específica sectorial, en el caso de las cajas de ahorros, mantener actualizada la información de la página web y coordinar la adecuación de su contenido con el que resulte de los documentos depositados e inscritos en los correspondientes registros públicos.
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eli/es/cir/2015/06/23/3#norma-sexta

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