Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.ª Presentación y proclamación de candidatos
Art. 32
En vigor desde 9 sept 2000
Efectuada la proclamación, las candidaturas definitivamente admitidas serán publicadas en el tablón de anuncios del Tribunal respectivo y, en su caso, de las Audiencias Provinciales y Decanatos.
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Proeli/es/a/2000/07/26/(1)#art-32