Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 3.ª Presentación y proclamación de candidatos

Art. 34

En vigor desde 9 sept 2000
La convocatoria de elecciones fijará la fecha de la votación que estará comprendida entre el trigésimo segundo y el trigésimo séptimo día posteriores a la convocatoria.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/a/2000/07/26/(1)#art-34

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil