Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 105

En vigor desde 6 may 1986
El Servicio de Personal tendrá la siguiente estructura: 1. Jefatura del Servicio. 2. Sección de Régimen Jurídico de Jueces y Magistrados. 3. Sección de Selección, Formación y Perfeccionamiento. 4. Sección de Régimen Disciplinario.
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eli/es/a/1986/04/22/(1)#art-105

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