Reglamento·n.º 1419·17 de diciembre de 2013

Reglamento (UE) 2013/1419

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1419/2013 DE LA COMISIÓN - de 17 de diciembre de 2013 - relativo al reconocimiento de las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionales, la aplicación extensiva de las normas de las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionales y la publicación de los precios de activación, de conformidad con el Reglamento (UE) no 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura

Vigente desde el 17 de diciembre de 2013 14 artículos 1 vigencias historificadas
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Índice

Art. 1DefinicionesArt. 1.tit_1DefinicionesArt. 2Plazos, procedimientos y formulario de las solicitudes de reconocimiento de las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionalesArt. 2.tit_1Plazos, procedimientos y formulario de las solicitudes de reconocimiento de las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionalesArt. 3Plazos y procedimientos para la retirada de reconocimiento de las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionalesArt. 3.tit_1Plazos y procedimientos para la retirada de reconocimiento de las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionalesArt. 4Formato, plazos y procedimientos de notificación de las decisiones de concesión o de retirada del reconocimientoArt. 4.tit_1Formato, plazos y procedimientos de notificación de las decisiones de concesión o de retirada del reconocimientoArt. 5Formato y procedimiento de notificación por los Estados miembros de las normas que prevean hacer obligatorias para el conjunto de productores o agentes económicosArt. 5.tit_1Formato y procedimiento de notificación por los Estados miembros de las normas que prevean hacer obligatorias para el conjunto de productores o agentes económicosArt. 6Formato de la publicación de los precios de activaciónArt. 6.tit_1Formato de la publicación de los precios de activaciónArt. 7Entrada en vigorArt. 7.tit_1Entrada en vigor
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