Orden·31 de julio de 1987
Orden de 31 de julio de 1987 por la que se establecen los requisitos a los que se refiere la base 3.ª, 1 del artículo 4.º del Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio
Vigente desde el 27 de agosto de 1987 10 artículos 10 vigencias historificadas
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Art. Primerosin rúbrica
Art. Segundosin rúbrica
Art. Tercerosin rúbrica
Art. Cuartosin rúbrica
Art. Disposición adicionalsin rúbrica
Art. Disposición transitoria primerasin rúbrica
Art. Disposición transitoria segundasin rúbrica
Art. Disposición finalsin rúbrica