Art. 4
En vigor desde 5 sept 2017
1. Con carácter general, tendrán la consideración de grupo las visitas realizadas por 8 o más personas, hasta un límite máximo de 30 personas por grupo. Podrá fijarse un número de integrantes distinto para modalidades de grupo específicas que así lo requieran.
2. Se establecen las siguientes modalidades de entrada para visita en grupo:
a) Grupo con entrada general:
1. El precio de la entrada para cada una de las personas que integran el grupo es de 8 euros. La entrada será válida para un día.
2. Estos grupos podrán beneficiarse de campañas de promoción para el fomento de la visita pública al Museo que incorporen la aplicación de reducciones sobre el precio de entrada fijado en el párrafo anterior.
b) Grupo con entrada reducida:
1. El precio de la entrada para cada una de las personas que integran el grupo es de 5 euros. La entrada será válida para un día.
2. Tendrán la consideración de grupo con entrada reducida aquellos colectivos de carácter cultural, tales como asociaciones, instituciones, fundaciones y escuelas de postgrado vinculadas a los Museos, el Patrimonio Cultural y las Bellas Artes, cuyo principal objetivo sea la promoción del arte y de los Museos.
c) Grupo con entrada gratuita:
1. La entrada para cada una de las personas que integran el grupo es gratuita.
2. Tendrán derecho a este acceso los grupos constituidos por estudiantes que cursen estudios en cualquiera de los ciclos de enseñanza, ya sea ésta obligatoria o no, y las personas con discapacidad.
3. Asimismo, el acceso al Museo será gratuito para los grupos constituidos por profesores en activo, de acuerdo con la legislación educativa en vigor.
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Proeli/es/res/2017/07/05/(1)#art-4