Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 9 ene 2025
Al objeto de permitir la adecuada adaptación a fabricantes, comercializadores y particulares usuarios últimos, se establece un período de treinta (30) meses desde la entrada en vigor de una nueva Norma UNE EN 1143-1, para la exigibilidad de la misma, tiempo durante el que se podrán autorizar cajas fuertes o armeros amparados en la norma sustituida.
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eli/es/res/2024/12/04/(3)#disposicion-transitoria-unica

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