Art. Quinto

En vigor desde 1 jul 2001
La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de julio de 2001.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/res/2001/05/31/(1)#quinto

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil