Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1. Modelo de costes.

Art. Decimoctavo

En vigor desde 7 ago 2011
Como consecuencia de la fase descrita en el apartado decimoséptimo anterior existirán unos costes asociados a actividades auxiliares de último nivel que deberán ser asignados a centros «no auxiliares», no teniéndose en cuenta, por consiguiente, las prestaciones que entre sí puedan efectuar los centros auxiliares. La imputación de costes de actividades auxiliares a centros no auxiliares se realizará a través de los criterios que se definan en cada caso. El resultado de esta fase consistirá en que todo el coste de las actividades auxiliares habrá sido imputado a los centros de coste que reciben sus prestaciones.
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eli/es/res/2011/07/28/(4)#decimoctavo

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