Art. Primero
En vigor desde 5 ene 1982
Se autoriza a todos los Grupos Sindicales de Colonización y Sociedades Agrarias de Transformación acogidas al régimen establecido en la Ley 29/1972, de 22 de julio, para que procedan a adaptar sus Estatutos conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1776/1981, de 3 de agosto.
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Proeli/es/res/1981/11/25/(2)#primero