Título TÍTULO III
Art. Disposición final primera
En vigor desde 27 jul 2025
Las dispensas y los créditos horarios contemplados en los anexos del Acuerdo de 16 de diciembre de 2020, que no consten en los anexos del presente Acuerdo quedarán extinguidos.
Las dispensas y los créditos horarios sí contemplados en los anexos del presente acuerdo mantendrán su vigencia sin necesidad de volver a tramitar su concesión.
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Proeli/es/res/2025/06/24/(5)#disposicion-final-primera