Art. Quinto
En vigor desde 31 may 2014
Las facturas remitidas por las empresas comercializadoras de referencia a los consumidores con derecho a precio voluntario para el pequeño consumidor acogidos a la oferta a precio fijo anual y por las empresas comercializadoras a los consumidores en baja tensión de hasta 15 kW de potencia contratada que suministren en condiciones de libre mercado, podrán ajustarse al formato establecido en los anexos IV y V, respectivamente, de la presente resolución.
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Proeli/es/res/2014/05/23/(3)#quinto