Capítulo CAPÍTULO V

Art. MG3

En vigor desde 4 ene 2021
Para los vehículos de suministro, el estándar internacional reconocido JIG 4 [DR-13] establece que deberían disponer al menos de dos extintores químicos de 9 kg de polvo seco.
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eli/es/res/2020/12/23/(2)#mg3

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