Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 1 ene 2011
La Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, determinará las formas de aplicación y adaptación que habrán de regir, en su caso, los permisos individuales de formación, prestando especial atención a aquellos colectivos que puedan tener mayores dificultades para participar en las acciones formativas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2018/03/21/(1)#disposicion-adicional-cuarta