Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 1 ene 2011
La Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, determinará las formas de aplicación y adaptación que habrán de regir, en su caso, los permisos individuales de formación, prestando especial atención a aquellos colectivos que puedan tener mayores dificultades para participar en las acciones formativas.
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eli/es/res/2018/03/21/(1)#disposicion-adicional-cuarta

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