Art. Segundo

En vigor desde 14 mar 2020
Esta resolución es aplicable a: a) Los certificados de revisión de aeronavegabilidad de las aeronaves (ARC) con certificado de aeronavegabilidad emitidos por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (en adelante AESA). Se establece la exención al cumplimiento de requisitos del Reglamento (UE) n.º 1321/2014, de 26 de noviembre, en particular los siguientes puntos: – M.A.901(a) del Anexo I (Parte-M). – ML.A.901(a) del Anexo Vb (Parte-ML). b) La formación de tipo y el OJT necesarios para la inclusión de una habilitación de tipo en una licencia de mantenimiento de aeronaves. Se otorga exención al cumplimiento de requisitos del Reglamento (UE) n.º 1321/2014, en particular los siguientes puntos: – Apartados 1(a) (iv) y 1(b)(v) del Apéndice III del Anexo III (Parte 66). – Apartado 6 del Apéndice III del Anexo III (Parte 66).
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eli/es/res/2020/04/02/(3)#segundo

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