Art. Quinto
En vigor desde 20 may 2022
Delegar en el/la responsable de la dirección del área de prestaciones económicas y sociales la resolución de los expedientes y la autorización y disposición del gasto de las prestaciones económicas, sociales y complementarias, así como de las prestaciones y otros procedimientos de las Mutualidades integradas en el Fondo Especial.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/res/2022/05/19/(4)#quinto