Capítulo CAPÍTULO V
Art. 24
En vigor desde 31 ago 2024
Todos los requisitos exigidos para ser elector o elegible deberán concurrir en los interesados el día en que se publique la convocatoria de elecciones a la Asamblea General.
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Proeli/es/res/2024/08/19/(2)#art-24