Art. Sexto

En vigor desde 2 oct 2007
En el ámbito de la inspección conjunta, en los modelos de comunicación, acta y diligencia de colaboración en la inspección catastral regulados en esta resolución se hará constar, en el espacio situado en su ángulo superior izquierdo, el nombre del Ayuntamiento o entidad que realice las actuaciones inspectoras, precedido por su escudo oficial, pudiendo ésta adaptar dichos modelos al marco competencial o territorial que tenga atribuido.
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eli/es/res/2007/07/16/(5)#sexto

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