Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 80
DerogadoEn vigor desde 26 feb 2011
La licencia es el instrumento básico para adquirir la calidad de miembro de la RFEC, en cualquiera de sus estamentos.
La solicitud y obtención de una licencia comporta para su poseedor la asunción y el acatamiento expreso de los presentes Estatutos.
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Tus anotaciones
Proeli/es/res/2011/02/14/(1)#art-80