Capítulo CAPÍTULO IX

Art. 39

En vigor desde 26 feb 2011
No se aceptará, ni se entrará en el fondo de ninguna reclamación, alegación o informe, respecto de una competición, si carece de alguno de los requisitos regulados en este capítulo.
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eli/es/res/2011/02/14/(1)#art-39-1

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