Capítulo CAPÍTULO V

Art. 39

Derogado
En vigor desde 26 feb 2011
Son causas de cese de los miembros de la Comisión Delegada, además de la concurrencia de cualquiera de las que llevan aparejado el cese como miembro de la Asamblea General, la dimisión específica como miembro de este órgano, sin renuncia a la condición de miembro de la Asamblea General.
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eli/es/res/2011/02/14/(1)#art-39

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