Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Contratos del sector público, encargos a medios propios, convenios y encomiendas de gestión
Art. Regla 90
En vigor desde 3 nov 2022
1. Se regirán por lo dispuesto en esta sección, los gastos derivados de contratos del sector público, tanto administrativos como privados, celebrados por las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social. A estos efectos, se incluirán los encargos realizados por poderes adjudicadores a medios propios personificados.
2. Asimismo se regirán por lo dispuesto en esta sección, las encomiendas de gestión y los convenios regulados por los artículos 11, 47 y siguientes, respectivamente, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Proeli/es/res/2022/10/11/(2)#regla-90