Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 7.ª De las operaciones devengadas y no contabilizadas y de otras operaciones de fin de ejercicio
Art. Regla 46
En vigor desde 3 nov 2022
1. Son aquel conjunto de operaciones contables dirigidas a la adecuación de los saldos de las cuentas a la auténtica situación de los diferentes elementos patrimoniales, así como a la determinación de las magnitudes relevantes que van a conformar los estados contables de fin de ejercicio. También se encuadran todas aquellas realizadas al cierre del ejercicio en relación con los saldos de ejecución presupuestaria.
2. Se consideran operaciones de cierre las de clasificación correcta y demás reclasificaciones, gastos e ingresos devengados, gastos e ingresos anticipados, amortizaciones, correcciones valorativas por deterioro, provisiones, operaciones de variación de valor de activos, traspasos a resultados de partidas específicas imputadas directamente a patrimonio neto y regularización de resultados.
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Proeli/es/res/2022/10/11/(2)#regla-46