Art. 181

Normas de procedimiento para determinar el valor en aduana

Artículo 181 Normas de procedimiento para determinar el valor en aduana La Comisión adoptará actos de ejecución por los que se establezcan las normas de procedimiento: a) para determinar el valor en aduana sobre la base del valor de transacción, de conformidad con el artículo 174, apartados 1 y 2, incluidas las normas de procedimiento para ajustar el precio realmente pagado o por pagar, de conformidad con los artículos 176 y 177, y para la aplicación de las condiciones contempladas en el artículo 174, apartado 3; b) para determinar el valor en aduana mediante métodos secundarios, de conformidad con el artículo 179; c) para determinar el valor en aduana efectos de los derechos de exportación, de conformidad con el artículo 180. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 283, apartado 4.
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celex:32026R2108#art-181

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