Art. 143
Departamento encargado del Registro
En vigor desde 11 mar 2026
Artículo 143
Departamento encargado del Registro
1. Además de las competencias que le confiere el Reglamento (UE) 2017/1001, el departamento encargado del Registro será competente para resolver sobre las inscripciones en el Registro en virtud del presente Reglamento y sobre otras resoluciones exigidas por el presente Reglamento que no sean competencia de los examinadores o de una división de anulación.
2. El departamento encargado del Registro también será responsable de mantener la lista de representantes autorizados en materia de diseños.
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