Art. 8

Fuentes de datos y métodos

En vigor desde 26 nov 2025
Artículo 8 Fuentes de datos y métodos 1.   Los Estados miembros y la Comisión (Eurostat) utilizarán una o más de las fuentes de datos siguientes, siempre que dichas fuentes de datos permitan la elaboración de estadísticas que cumplan los requisitos de calidad establecidos en el artículo 11: a) fuentes de datos administrativos; b) encuestas estadísticas u otra recogida de datos estadísticos; c) otras fuentes, incluidos los datos de posesión privada; d) utilización de datos derivados del intercambio de datos entre los institutos nacionales de estadística y las otras autoridades nacionales que figuran en la lista a que se refiere el artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 223/2009 y entre dichos institutos y otras autoridades nacionales y la Comisión (Eurostat), en el marco del Sistema Estadístico Europeo (SEE). 2.   En caso de que una solicitud presentada por un instituto nacional de estadística o por la Comisión (Eurostat) a un tenedor de datos privado de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 223/2009 se refiera a datos personales de las fuentes de datos a que se refiere el apartado 1, letra c), del presente artículo, dicha solicitud se limitará a las categorías de datos personales cubiertas por los ámbitos y temas especificados en el anexo del presente Reglamento o necesarias para los métodos de estimación estadística de conformidad con el artículo 3, apartado 6, letra b). 3.   Los Estados miembros procurarán desarrollar continuamente fuentes y métodos innovadores y utilizarlos para mejorar las estadísticas compiladas con arreglo al presente Reglamento, siempre que permitan la elaboración de estadísticas que cumplan los requisitos de calidad establecidos en el artículo 11. 4.   Las estadísticas compiladas en virtud del presente Reglamento se basarán en métodos estadísticamente sólidos y bien documentados que tengan en cuenta las recomendaciones y las buenas prácticas internacionales, como los signos de vida y otros métodos de estimación estadística con base científica que se utilicen para compilar estadísticas de población que tenga la residencia habitual en los Estados miembros.
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