Art. 3
Plan de actividad, plan de seguimiento e informes de auditoría de certificación y de renovación de certificación
En vigor desde 20 nov 2025
Artículo 3
Plan de actividad, plan de seguimiento e informes de auditoría de certificación y de renovación de certificación
1. El plan de actividad que debe presentar un operador o grupo de operadores de conformidad con el artículo 9, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/3012 incluirá los elementos establecidos en el anexo I del presente Reglamento.
2. El plan de seguimiento que debe presentar un operador o grupo de operadores de conformidad con el artículo 9, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/3012 incluirá los elementos establecidos en el anexo II del presente Reglamento.
3. El informe de auditoría de certificación y el informe de auditoría de renovación de certificación que debe emitir el organismo de certificación con arreglo al artículo 9, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) 2024/3012 incluirán los elementos establecidos en el anexo III del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2025:2358:oj#art-3