Art. 2
Definiciones
En vigor desde 29 jul 2025
Artículo 2
Definiciones
A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
1)
«unidad de cartera»: configuración única de una solución de cartera que incluye instancias de cartera, aplicaciones criptográficas seguras de cartera y dispositivos criptográficos seguros de cartera proporcionados por un proveedor de carteras a un usuario particular de una cartera;
2)
«usuario de una cartera»: usuario que tiene el control sobre la unidad de cartera;
3)
«catálogo de atributos»: repositorio digital de atributos que la Comisión mantiene y publica en línea;
4)
«sistema para la declaración de atributos»: conjunto de normas aplicables a uno o varios tipos de declaraciones electrónicas de atributos;
5)
«tipo de declaración electrónica de atributos»: grupo de declaraciones electrónicas de atributos designado específicamente y descrito semánticamente;
6)
«catálogo de sistemas para la declaración de atributos»: repositorio digital en el que se enumeran los sistemas para la declaración de atributos registrados de conformidad con el presente Reglamento y que la Comisión mantiene [y publica en línea];
7)
«solución de cartera»: combinación de software, hardware, servicios, ajustes y configuraciones, que incluye instancias de cartera, una o más aplicaciones criptográficas seguras de cartera y uno o más dispositivos criptográficos seguros de cartera;
8)
«instancia de cartera»: aplicación instalada y configurada en el dispositivo o el entorno de un usuario de una cartera, que forma parte de una unidad de cartera y que el usuario de una cartera utiliza para interactuar con la unidad de cartera;
9)
«aplicación criptográfica segura de cartera»: aplicación que gestiona activos críticos al estar vinculada a las funciones criptográficas y no criptográficas proporcionadas por el dispositivo criptográfico seguro de cartera y utilizarlas;
10)
«dispositivo criptográfico seguro de cartera»: dispositivo resistente a las manipulaciones fraudulentas que proporciona un entorno vinculado a la aplicación criptográfica segura de cartera y utilizado por esta para proteger activos críticos y proporcionar funciones criptográficas para la ejecución segura de operaciones críticas;
11)
«proveedor de cartera»: persona física o jurídica que proporciona soluciones de cartera;
12)
«activos críticos»: activos contenidos en una unidad de cartera o relacionados con ella, de tan extraordinaria importancia que si su disponibilidad, confidencialidad o integridad se vieran comprometidas, el efecto sobre la capacidad para utilizar la unidad de cartera sería muy grave y debilitante;
13)
«propietario de un sistema para la declaración de atributos»: entidad responsable de establecer y mantener un sistema para la declaración de atributos.
Historial de versiones
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