Art. 11
Derechos y obligaciones generales de los participantes
En vigor desde 17 jul 2025
Artículo 11
Derechos y obligaciones generales de los participantes
1. Los participantes que hayan sido admitidos en un espacio controlado de pruebas de interoperabilidad de conformidad con el artículo 10 tendrán las siguientes obligaciones:
a)
contribuir al plan específico;
b)
asumir la plena responsabilidad, tal como se establece en el artículo 12, apartado 5, del Reglamento (UE) 2024/903, de la legalidad del desarrollo, el entrenamiento, el ensayo y la validación de la solución de interoperabilidad;
c)
asegurar que las soluciones de interoperabilidad probadas en los espacios controlados de pruebas de interoperabilidad cumplan todos los requisitos legales aplicables y hayan obtenido las autorizaciones o aprobaciones necesarias de las autoridades competentes antes de iniciar los proyectos o que las autoridades competentes participen en el espacio controlado de pruebas de interoperabilidad;
d)
garantizar, si los datos personales se tratan en un espacio controlado de pruebas de interoperabilidad, que dicho tratamiento cumple plenamente la legislación aplicable en materia de protección de datos y acordar con las autoridades de protección de datos pertinentes, a que se refiere el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (UE) 2024/903, su participación prevista en el espacio controlado de pruebas de interoperabilidad y sus proyectos;
e)
cumplir el marco de gestión de riesgos a que se refiere el artículo 12;
f)
informar periódicamente sobre las enseñanzas extraídas en el espacio controlado de pruebas de interoperabilidad, tal como se especifica en el artículo 13;
g)
garantizar el tratamiento lícito de los datos personales tratados en los proyectos, tal como se especifica en el artículo 15, apartado 3.
2. Los participantes podrán salir del espacio controlado de pruebas de interoperabilidad en las condiciones establecidas en el artículo 14.
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