Art. 11
Publicación de un resumen de una solicitud motivada en el portal de acceso a los datos del Reglamento de Servicios Digitales
En vigor desde 1 jul 2025
Artículo 11
Publicación de un resumen de una solicitud motivada en el portal de acceso a los datos del Reglamento de Servicios Digitales
1. Al formular una solicitud motivada, el coordinador de servicios digitales de establecimiento publicará un resumen de la solicitud motivada en la interfaz pública del portal de acceso a los datos del Reglamento de Servicios Digitales. El resumen contendrá todos los elementos siguientes:
a)
el resumen de la solicitud de acceso a los datos a que se refiere el artículo 8, letra g);
b)
las modalidades de acceso determinadas con arreglo al artículo 9.
2. El resumen a que se refiere el apartado 1 se actualizará para reflejar cualquier cambio derivado de una modificación de uno o varios elementos tras la evaluación de una solicitud de modificación o del resultado de una mediación de conformidad con el artículo 13.
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