Art. 10

Contenido de una solicitud motivada

En vigor desde 1 jul 2025
Artículo 10 Contenido de una solicitud motivada 1.   Una solicitud motivada deberá incluir como mínimo los elementos siguientes: a) la fecha en la que el proveedor de datos dará acceso a los datos solicitados y la fecha en que se pondrá fin a dicho acceso; b) las modalidades de acceso determinadas con arreglo al artículo 9; c) el resumen de la solicitud de acceso a los datos a que se refiere el artículo 8, letra g). 2.   El coordinador de servicios digitales de establecimiento podrá incluir en la solicitud motivada los nombres y datos de contacto de todos los investigadores autorizados mencionados en la solicitud de acceso a los datos cuando sea necesario para permitir el acceso a los datos solicitados, de conformidad con las modalidades de acceso especificadas en la solicitud motivada. 3.   En los casos en que el acceso implique una transferencia de datos personales a un tercer país u organización internacional en el sentido del capítulo V del Reglamento (UE) 2016/679, la solicitud motivada deberá incluir información sobre la necesidad de establecer o referir a un mecanismo de transferencia adecuado para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en dicho Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2025:2050:oj#art-10

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil