Art. 2
Costes totales
En vigor desde 12 jun 2025
Artículo 2
Costes totales
1. Los proveedores de datos de mercado calcularán los costes totales soportados a lo largo de un ejercicio contable. El cálculo de los costes totales incluirá las siguientes categorías de costes:
a)
costes de infraestructura atribuibles a los activos físicos, licencias de programas informáticos y servicios arrendados o cualquier otra infraestructura necesaria para la producción y difusión de datos de mercado;
b)
costes de conectividad atribuibles a cualquier activo físico, licencias de programas informáticos y servicios arrendados que garanticen la conectividad necesaria para la producción y difusión de datos de mercado;
c)
costes atribuibles al personal dedicado a la producción y difusión de datos de mercado;
d)
costes financieros, incluidos la depreciación, la amortización y el coste de los servicios de datos de mercado de financiación de capitales;
e)
otros costes, incluidos los costes administrativos necesarios para la producción y difusión de datos de mercado.
2. Los costes de infraestructuras que se compartan con otros servicios que no estén directamente relacionados con la producción y difusión de datos de mercado se repartirán teniendo en cuenta el uso pertinente de la infraestructura por cada servicio.
3. Los costes de conectividad que se compartan con otros servicios que no estén directamente relacionados con la producción y difusión de datos de mercado se repartirán teniendo en cuenta el uso del marco de conectividad pertinente por cada servicio.
4. Los costes atribuibles al personal dedicado parcialmente a la producción y difusión de datos de mercado se asignarán teniendo en cuenta la parte de la actividad laboral de dicho personal que esté relacionada con la producción y difusión de datos de mercado.
5. Los costes financieros relacionados con la infraestructura, la conectividad y el personal que se compartan con otros servicios que no estén directamente relacionados con la producción y difusión de datos de mercado se repartirán teniendo en cuenta el uso de los activos y servicios pertinentes.
6. Los proveedores de datos de mercado podrán indicar cualquier otro coste que atribuyan a la producción y difusión de datos de mercado y justificar la inclusión de dichos costes.
7. Los proveedores de datos de mercado revisarán anualmente la metodología utilizada para el reparto de costes a que se refieren los apartados 2 a 6.
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