Art. 5

Obligaciones y derechos de la Comisión

En vigor desde 6 may 2025
Artículo 5 Obligaciones y derechos de la Comisión 1.   La Comisión garantizará el funcionamiento, el mantenimiento y la asistencia del ELAN y la infraestructura informática de sus componentes, así como cualquier actualización o cambio necesarios. 2.   La Comisión tendrá acceso a todos los documentos disponibles en el ELAN en la medida en que sea necesario para supervisar el intercambio de datos, información y documentos introducidos o elaborados en él, con el fin de detectar posibles incumplimientos de la legislación pertinente de la Unión aplicable a los documentos pertenecientes al ámbito de aplicación del presente Reglamento.
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