Art. 5
Obligaciones y derechos de la Comisión
En vigor desde 6 may 2025
Artículo 5
Obligaciones y derechos de la Comisión
1. La Comisión garantizará el funcionamiento, el mantenimiento y la asistencia del ELAN y la infraestructura informática de sus componentes, así como cualquier actualización o cambio necesarios.
2. La Comisión tendrá acceso a todos los documentos disponibles en el ELAN en la medida en que sea necesario para supervisar el intercambio de datos, información y documentos introducidos o elaborados en él, con el fin de detectar posibles incumplimientos de la legislación pertinente de la Unión aplicable a los documentos pertenecientes al ámbito de aplicación del presente Reglamento.
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