Art. 4
Normas de procedimiento que debe respetar la AEVM en relación con las decisiones provisionales sobre medidas de supervisión
En vigor desde 16 abr 2025
Artículo 4
Normas de procedimiento que debe respetar la AEVM en relación con las decisiones provisionales sobre medidas de supervisión
1. Cuando la AEVM haya adoptado una decisión provisional con arreglo al artículo 64, apartado 2, del Reglamento (UE) 2023/2631, notificará inmediatamente dicha decisión provisional a la persona afectada. La AEVM fijará un plazo razonable de al menos cuatro semanas para que la persona objeto de la decisión provisional pueda presentar observaciones por escrito sobre dicha decisión. La AEVM no estará obligada a tomar en consideración las observaciones escritas recibidas tras la expiración de dicho plazo.
2. Previa solicitud, la AEVM dará acceso al expediente a la persona objeto de la decisión provisional. Los documentos del expediente consultados solo se utilizarán a efectos de procedimientos judiciales o administrativos relativos a la aplicación del Reglamento (UE) 2023/2631.
3. La AEVM podrá convocar a una audiencia a la persona objeto de la decisión provisional. La persona objeto de la decisión provisional podrá contar con la asistencia de un asesor de su elección. Las audiencias no serán públicas.
4. La AEVM adoptará la decisión definitiva a que se refieren el artículo 59, apartado 1, el artículo 60, apartado 1, y el artículo 61, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/2631 lo antes posible tras la adopción de la decisión provisional. Cuando la AEVM considere, tras haber oído a la persona objeto de la decisión provisional, que dicha persona ha cometido una de las infracciones enumeradas en el artículo 60, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/2631, adoptará una decisión confirmatoria por la que se impongan una o varias de las medidas de supervisión establecidas en el artículo 59 de dicho Reglamento. La AEVM notificará inmediatamente la decisión confirmatoria a la persona objeto de la decisión provisional.
Cuando la AEVM adopte una decisión definitiva que no confirme la decisión provisional, esta última se considerará revocada.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2025:754:oj#art-4