Art. 75

Uso del CCI

En vigor desde 13 mar 2025
Artículo 75 Uso del CCI El sistema CCI se usará para los fines siguientes: a) garantizar la aplicación de las formalidades relativas al despacho centralizado de las importaciones, cuando intervenga más de un Estado miembro, establecidas en el Código; b) presentar y tramitar las declaraciones en aduana normalizadas en el marco del despacho centralizado de las importaciones; c) presentar y tramitar las declaraciones en aduana simplificadas y las respectivas declaraciones complementarias en el marco del despacho centralizado de las importaciones; d) presentar y tramitar las respectivas declaraciones en aduana y notificaciones de presentación previstas en la autorización de inscripción en los registros del declarante en el marco del despacho centralizado de las importaciones.
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